miércoles, 19 de mayo de 2010

ORDEN EDU 849/2010


En clase hemos trabjado la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se regula la ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se regulan los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla.

LAS IDEAS PRINCIPALES QUE TRANSMITE SE RESUMEN A CONTINUACIÓN:

El título II de la Ley, se centra en el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

Estos alumnos pueden tener necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales. Dedica un capítulo a cada tipo de alumnado: alumnado con altas capacidades intelectuales, alumnado con integración tardía en el sistema educativo, alumnado en situación de desventaja socioeducativa, alumnado con carencias en el uso de la lengua castellana, alumnado que no puede asistir regularmente a clase, alumnado con trastornos mentales.
También, establece los principios que han de regir la escolarización de este alumnado y los recursos para su tratamiento educativo con el fin de que pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales.

Encomienda a la Administración educativa regular los procedimientos y las medidas precisas para identificar tempranamente las necesidades educativas del referido alumnado e iniciar su atención integral, regida por los principios de normalización e inclusión.

En el caso del alumnado que presenta necesidades educativas especiales, sólo cuando se aprecie, de forma razonada y no puedan ser atendidos en centros ordinarios, se propondrá su escolarización en centros de educación especial o unidades sustitutorias de los mismos.
El alumnado con necesidad de apoyo educativo participará, con carácter general, en el conjunto de actividades del centro educativo y de su grupo de referencia.

Por otra parte, el Ministerio de Educación promoverá la disposición de los recursos necesarios para asegurar la participación de este alumnado en las actividades escolares que se realicen fuera del centro escolar.
El Ministerio de Educación dotará a los centros docentes con los recursos necesarios para que el alumnado con necesidad de apoyo educativo
Los centros educativos promoverán el trabajo en equipo del profesorado y de la comunidad educativa.

EN CUANTO A LA FAMILIA:

Los padres o tutores legales recibirán, de forma accesible y fácilmente comprensible para ellos, el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos, y participarán en las decisiones que afecten a su escolarización y a los procesos educativos.

Se procurará la colaboración de los padres o tutores, tanto en el proceso de identificación de las necesidades específicas del alumno como en las actuaciones de carácter preventivo o compensador de las mismas

LA EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA, PAD Y ACIS.

Los servicios de orientación educativa realizarán, en caso necesario, la evaluación psicopedagógica que se requiera para la detección temprana de las necesidades específicas de apoyo educativo del alumnado, la adecuada escolarización del mismo, el seguimiento y apoyo de su proceso educativo, el asesoramiento y el apoyo técnico pedagógico al profesorado, así como la orientación y el apoyo a las familias para favorecer un óptimo desarrollo de sus hijos.
La evaluación psicopedagógica se entiende como un proceso de recogida, análisis y valoración de la información relevante sobre el alumno y los distintos elementos que intervienen en el proceso de enseñanza y aprendizaje, para identificar las necesidades educativas de determinados alumnos que presentan o puedan presentar desajustes en su desarrollo personal y/o académico y para fundamentar y concretar las decisiones a adoptar para que aquellos puedan alcanzar el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como la adquisición de las competencias básicas.
El objetivo de la orientación educativa es prestar un asesoramiento especializado a la comunidad educativa con el fin de que se realice una adecuada atención a la diversidad del alumnado a lo largo de toda la escolaridad, con la debida coordinación y atendiendo al desarrollo personal, a las peculiaridades del alumnado y del entorno.
Los profesionales que forman parte de los servicios de orientación realizarán una programación anual de su trabajo al comienzo del curso, que, en su caso, será incluida en la programación general anual del centro.
Los profesionales que forman parte de los servicios de orientación realizarán una memoria al final de curso, que será incluida en la memoria que, en su caso, presente el centro.
Los centros docentes elaborarán un plan de atención a la diversidad, que formará parte de su proyecto educativo,
Se entiende por adaptación curricular la medida de modificación de los elementos del currículo a fin de dar respuesta a las necesidades del alumnado. En todo caso, la adaptación tendrá como referente los objetivos y las competencias básicas del currículo que corresponda.
La ley exige la adaptación de las enseñanzas que ofrece el sistema educativo a este tipo de alumnado.

ANEXOS que ayudan a la elaboración de PAD y ACIS.

¿Y DESPUÉS QUE?

Los jóvenes que presenten necesidades educativas especiales podrán adscribirse a un programa de cualificación profesional inicial en las modalidades siguientes:
a) Aula Profesional o Taller Profesional: En régimen de integración, hasta un máximo de dos de estos alumnos por programa.
b) Taller Específico: Dirigido a jóvenes que presenten necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, que tengan un nivel de autonomía personal y social que les permita acceder a un puesto de trabajo.
Se favorecerá que el alumnado que presenta necesidades educativas especiales pueda continuar su escolarización de manera adecuada en las enseñanzas de bachillerato.
Se favorecerá que el alumnado que presenta necesidades educativas especiales pueda continuar su escolarización de manera adecuada en las enseñanzas de formación profesional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario